Lo que hay que saber sobre alojamientos vacacionales

Cada vez existen más tipos de turismo para realizar durante tus vacaciones. Hemos pasado de visitar el pueblo de nuestros padres o abuelos, a buscar todo tipo de experiencias inolvidables (aunque algunas resulten olvidables del todo) en cualquier lugar y momento. Las vacaciones estivales de antaño que consistían en pasar por lo menos dos semanas en un destino concreto, han pasado a convertirse en mini escapadas que se realizan de forma escalonada y varias veces a lo largo del año. Las jornadas vacacionales ya no se enmarcan en la temporada veraniega, navidades o semana santa, aunque es cierto que estas fechas, constituyen las temporadas altas.

No obstante, con tanta diversidad de turismo y tipos de viaje como el cultural, gastronómico, de aventura, convencional, de lujo y un largo etcétera, también se ha producido un cambio en los alojamientos. Dejando a un lado la casa del pueblo y las que te prestan los amigos y las segundas residencias, los hoteles han encontrado una fuerte competencia en hostales, casas rurales, albergues y todo tipo de alojamientos que permiten a los huéspedes valorar lo que más les conviene en cada momento.

Uno de los tipos de alojamiento de más actualidad y con mayor crecimiento en los últimos años, es el conocido como alojamiento turístico. Este tipo de apartamentos o viviendas, tiene unas características diferentes y ofrece otro tipo de servicios que lo desmarcan de los hoteles. Desde viviendas sencillas hasta apartamentos de lujo, ponen a disposición del cliente sus servicios e instalaciones por precios más asequibles que los tradicionales hoteles. Aunque hay gran variedad de precios como nos señalan profesionales del sector como Alter Home, cuya oferta de viviendas vacacionales, no deja indiferente.

Aun estando en auge y encontrándose en plena expansión, muchos de los aspectos de este tipo de alojamientos no están plenamente asentados y son desconocidos para la gran mayoría. En este artículo vamos a tratar de explicar todo lo que se debe tener presente sobre este tipo de alojamientos que tanto furor causan.

Con denominación VUT (vivienda de uso turístico)

Cada vez son más numerosos los propietarios que se animan a optar por esta modalidad de contrato de alquiler. Se trata de una forma más que perfecta de sacar rentabilidad a un inmueble que pretendes alquilar. Así como proporciona visibilidad al lugar en el que esté ubicado puesto que se anima a los turistas y visitantes a vivir con comodidad y en la intimidad de una vivienda con todo lo necesario, al tiempo que se movilizan los negocios locales.

Pero ¿Qué es una vivienda de uso turístico? Las conocidas como VUT, son inmuebles que han sido cedidos de forma directa o indirectamente a un tercero a cambio de un precio o tarifa previamente pactado. Como matiz, para que una vivienda se considere como turística debe cederse como alquiler al menos una o dos veces al año. Otro de los aspectos a tener en cuenta es que estos periodos de cesión no deben superar los treinta y un días consecutivos. Esto es debido a que para poder considerar un apartamento como de uso vacacional no puede alquilarse durante mayor periodo de tiempo, pues se considera que está disponible para turismo o un periodo de vacaciones.

Las viviendas que se alquilan con esta finalidad, deben cumplir con la legalidad vigente y contar con la licencia de uso turístico que se tramita con el Ayuntamiento del municipio en el que se encuentre. Además, debe cumplir con el hecho de que la cesión se realiza íntegramente con las plazas disponibles, sin posibilidad de ceder una parte.

Las condiciones que debe cumplir una vivienda para ser legalizada como tal hay que tener en cuenta los aspectos que vamos a citar a continuación:

  • Cesión completa de la vivienda a los inquilinos durante un periodo no superior a los treinta y un días.
  • El domicilio debe estar al día y cumplir con las condiciones técnicas y de calidad exigibles para este tipo de alquileres.
  • Así mismo, la vivienda debe estar completamente equipado y amueblado para que el inquilino disponga de todo lo necesario para su comodidad.
  • También debe cumplir con unos niveles y condiciones óptimos de higiene y limpieza.

A esta normativa básica, cada comunidad autónoma puede añadir otras más específicas. Razón por la cual es importante adecuar el inmueble de manera que cumpla a rajatabla con todos los aspectos que define la normativa vigente.

No hay que caer en el error, por parte del propietario, de pensar que una vez el apartamento o vivienda está alquilado, finalizan sus responsabilidades. En el caso de que el inmueble forme parte de una empresa que se encarga de gestionar los alquileres, el propietario puede desentenderse pues la agencia se encargará de las siguientes cuestiones:

  • Estar accesible por teléfono. Es necesario que el inquilino tenga acceso a un teléfono en el que consultar sus dudas o comentar las posibles incidencias con el propietario (o la agencia en su caso).
  • Hay que ofrecer un servicio de mantenimiento y asistencial en el inmueble.
  • Pagar el impuesto sobe las estancias en establecimientos turísticos cuyo coste depende de cada Comunidad Autónoma.
  • Disponer de un registro de los inquilinos que pasan por la vivienda. Se debe informar del número de inquilinos de la vivienda y aportar la documentación necesaria y mantener actualizada la información para cumplir con la normativa de seguridad ciudadana.

Al mismo tiempo, el propietario cuenta con el derecho al requerimiento de cesión de la vivienda en el supuesto de que los inquilinos incumplan las reglas básicas de la convivencia, las ordenanzas municipales o ante quejas por parte de los vecinos.

Más aspectos a tener en cuenta sobre las VUT

Una de las cuestiones que más dudas generan a los propietarios que quieren sacar beneficios de sus inmuebles es lo que puede suceder si alquilan su vivienda con fines vacacionales es la regularización. ¿Qué puede pasar en el caso de que el inmueble no este legalizado para este fin? Sencillamente, se tratará de una actividad ilegal. En el caso de que no cumpla con la normativa vigente, no importa la existencia del contrato con un inquilino pues la vivienda no puede alquilarse con esta finalidad. Si el propietario no se ocupa de realizar el procedimiento previamente citado, las sanciones pueden ser bastante cuantiosas en función de cada Comunidad Autónoma.

El incumplimiento de la normativa puede incurrir en sanciones leves de tres mil euros o sanciones consideradas como graves que pueden alcanzar los seiscientos mil euros de multa. En esta situación tanto propietario como agencia gestora si se da el caso, son responsables de las infracciones y los incumplimientos de la normativa.

De tal manera que para utilizar la vivienda como apartamento vacacional, tan solo es necesario darse de alta como apartamento turístico. Basta con presentar la documentación necesaria y la consiguiente declaración de responsabilidad para poder comenzar con la actividad de manera legal. Se trata de un proceso rápido que permite y garantiza disfrutar de una mayor rentabilidad de tus propiedades.

Respecto a la mejor manera de gestionar una vivienda turística, puesto que se trata de uno de los aspectos más importantes para los propietarios, una de las mejores opciones es relegar en una agencia de apartamentos vacacionales. Uno de los aspectos que más motiva el rechazo de alquilar la vivienda en esta modalidad, es la necesidad de brinda tiempo y ofrecer atención a los inquilinos. Además de tener que dejar el inmueble preparado para cubrir cualquier necesidad que surja a los huéspedes y estar disponible ante cualquier eventualidad.

Las agencias se encargan de todos estos asuntos sin necesidad de que el propietario tenga que preocuparse den nada. Trámites para registrar la vivienda, cumplimentación de datos para cumplir con la normativa, preparación del inmueble, recepción de los inquilinos, limpieza, etc. corren a cargo de los agentes inmobiliarios.

Tanto si te gusta viajar y alojarte en lo más parecido a un hogar con todas las comodidades y posibilidades que ofrece, como si tienes un inmueble y quieres sacar la mayor rentabilidad, esta modalidad ofrece muchos beneficios a ambas partes. Para los turistas la versatilidad, flexibilidad y comodidad de disponer de una vivienda completa por el tiempo necesario. Para los propietarios, una rentabilidad máxima que no se puede obtener con un alquiler tradicional.

Para cumplir con la normativa de la Comunidad Autónoma de Madrid en particular, se exige que las viviendas estén inscritas en el Registro de Empresas Turísticas y se encuentren en posesión del Certificado de idoneidad para la vivienda de usos turístico (CIVUT). Este certificado se encuentra disponible para todos los usuarios de viviendas de esta categoría y acredita que la misma dispone de calefacción y agua fría y caliente, ventilación directa al exterior, extintor y un plano de evacuación de la vivienda.

Así mismo garantiza que la vivienda cuenta como mínimo con salón comedor/habitación, cocina y baño, está perfectamente amueblada y equipada y dispone de hojas de reclamación. Del mismo modo que deben disponer de un teléfono de atención permanente y cederse bajo contrato para garantizar la estancia.

Como se puede ver, el alquiler vacacional ha llegado para quedarse y ofrece todo tipo de garantías para que la estancia sea ideal.

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